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Los procesos penales a personas que viven con el VIH por actos que no entrañan riesgo de exposición al virus o de transmisión del VIH ha llevado a los científicos a emitir un comunicado urgente en el que instan al sistema de justicia penal a que se apoye en las evidencias científicas para valorar los procedimientos relacionados con la ocultación del estado serológico, la exposición al virus o la transmisión del VIH.

ÁMSTERDAM (GINEBRA), 25 de julio de 2018—Un grupo de 20 científicos destacados expertos en el VIH y procedentes de todo el mundo ha emitido un comunicado consensuado en el que se insta a los gobiernos y a quienes trabajan en los sistemas legales y judiciales a que presten una mayor atención a los importantes progresos científicos que se han logrado en el campo del VIH en aras de garantizar que la aplicación del derecho penal en los casos relacionados con el VIH se base en las evidencias científicas.

“La ciencia ha avanzado mucho en los últimos años, y esto ha sido fundamental para que los países pudieran tomar decisiones basadas en las pruebas en lo tocante a sus programas de lucha contra el VIH”, afirmaba Michel Sidibé, director ejecutivo de ONUSIDA. “Con todos los nuevos avances científicos de que disponemos a día de hoy, tenemos que seguir basándonos en las evidencias para la administración de justicia. Nadie debería ser criminalizado por culpa de que el sistema judicial ignore o no entienda los riesgos de transmisión del VIH”.

El grupo de científicos expertos convocados por ONUSIDA, la Asociación Internacional de Proveedores de Atención al Sida (IAPAC, por sus siglas en inglés) y la Sociedad Internacional del Sida advierten de que la aplicación indiscriminada e inapropiada del derecho penal contra las personas que viven con el VIH por todo el mundo sigue siendo sumamente preocupante. Alrededor de 73 países cuentan con leyes que penalizan la ocultación del estado serológico, la exposición al virus o la transmisión del VIH, y 39 han aplicado otras disposiciones penales en casos similares.

“Muchas de estas leyes no tienen en cuenta las medidas que reducen las probabilidades de transmisión del VIH, como la utilización de preservativos, y se promulgaron mucho antes de que se comprobara la efectividad de los tratamientos antirretrovíricos o de la profilaxis previa a la exposición”, apuntaba José M. Zuniga, presidente y director general de la IAPAC. “La mayoría de personas que viven con el VIH y conocen su estado toman medidas para evitar transmitir el VIH a otros.

En consecuencia, las leyes que penalizan específicamente la ocultación del estado serológico, la exposición al virus o la transmisión del VIH, agudizan el estigma relacionado con el VIH y reducen la aceptación de los servicios para el VIH”.

La mayoría de procesos penales se originaron atendiendo a consideraciones sobre el riesgo de transmisión del VIH a través de la actividad sexual. Algunos fueron el resultado de acciones como morder, escupir o incluso arañar. El procesamiento y la condena se han visto a menudo influidos por el desconocimiento o la falta de comprensión de las evidencias científicas en cuanto a las probabilidades reales de transmisión del virus. En muchos casos, el estigma y el miedo relacionados con el VIH, y tan profundamente arraigados pese a los magníficos progresos logrados en su tratamiento y prevención, han ejercido una gran influencia.

“Secundamos esta declaración consensuada de expertos, de importancia mundial, que suscribe lo que llevamos defendiendo ya mucho tiempo”, explica Sally Cameron, analista principal de políticas de la Red de Justicia del VIH, en representación del comité ejecutivo de HIV Justice Worldwide, una coalición mundial de la sociedad civil que lucha por poner fin a la criminalización injusta. “La penalización del HIV es un fenómeno global que va en aumento y que acosa injustamente a las personas que viven con el VIH mediante procesos penales y castigos muy duros. Esta declaración tan esperada sostiene que, desde nuestra actual comprensión de la ciencia del VIH, así como desde la perspectiva de los derechos humanos y de los principios legales más fundamentales, esta clase de injusticias resultan inadmisibles”.

La declaración, consensuada, contrastada y suscrita por otros 70 científicos más de todo el mundo, se publicó el día de hoy en Journal of the International AIDS Society, la publicación de la Sociedad Internacional del Sida. En ella se describen de forma que puedan comprenderse perfectamente en el contexto del derecho penal las evidencias científicas en cuanto a las probabilidades de transmisión del VIH en diversas circunstancias, los efectos a largo plazo de la infección por el VIH y los métodos para probar la transmisión del VIH.

La declaración, basada en un análisis detallado de las mejores pruebas científicas disponibles sobre la transmisión del VIH y la eficacia del tratamiento, señala que no es posible transmitir el VIH por medio de la saliva como resultado de morder o escupir, incluso aunque la saliva contenga pequeñas cantidades de sangre. Tampoco hay posibilidad alguna de transmitir el VIH cuando se utiliza adecuadamente un preservativo para mantener relaciones sexuales o si la persona que vive con el VIH tiene una carga viral indetectable.

Además, un tratamiento antirretrovírico eficaz, una carga vírica baja, la utilización de profilaxis previa a la exposición (medicamentos antirretrovíricos que toma la persona seronegativa antes de la posible exposición) o de profilaxis posterior a la exposición (medicamentos antirretrovíricos que se toman tras la posible exposición) son todos ellos factores que reducen significativamente las probabilidades de transmisión del VIH.

Las indicaciones internacionales sobre el VIH en el ámbito de la ley penal recomiendan que “la prueba de causalidad en relación a la transmisión del VIH se debe basar siempre en las pruebas de varias fuentes pertinentes, como registros médicos, métodos científicos rigurosos e historia sexual” (Acabar con la penalización indiscriminada de la ocultación del estado serológico, la exposición al virus y la transmisión del VIH: consideraciones científicas críticas, médicas y legales).

Los expertos recomiendan encarecidamente que se tomen mayores precauciones a la hora de valorar el enjuiciamiento penal, incluyendo una evaluación pormenorizada de las actuales evidencias científicas sobre los riesgos y daños del VIH. Se espera que la declaración consensuada ayude a los legisladores, fiscales y tribunales a guiarse por la mejor información científica disponible y, de este modo, a evitar una aplicación indebida de las leyes penales, tal y como sucede ahora mismo en muchos países de todo el mundo.

Acceda al texto completo de la Declaración consensuada de expertos sobre la ciencia del VIH en el ámbito del derecho penal (en inglés).

Fuente: ONUSIDA