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Al hablar de los derechos sexuales y reproductivos, desde el Centro de Justicia y Paz (Cepaz) buscamos crear conciencia sobre la grave situación de las mujeres venezolanas. Estos derechos son entendidos como la libertad a tomar decisiones con respecto a la vida reproductiva, libres de toda coacción, incluyendo la elección voluntaria del cónyuge, la formación de la familia, la determinación del número y espaciamiento de los propios hijos.

El reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, involucra el derecho a ser consideradas como ciudadanas plenas, dignas, libres, así como a ejercer su sexualidad de manera placentera. Permitiéndoles posicionarse como protagonistas de los procesos de desarrollo en los que la salud es una condición, que exige respeto durante todo su ciclo vital y no solo durante la edad reproductiva.

Marco legal venezolano

En este sentido, desde Cepaz señalamos que a pesar de que en Venezuela no tenemos un instrumento jurídico que unifique los derechos sexuales y los derechos reproductivos, estos derechos se han venido normando a través de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia , Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad y el Código Penal venezolano.

Sin embargo, su reconocimiento también es sustentado en lo establecido en la Constitución Nacional, específicamente el Artículo 23 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en el cual se reconoce que:

“Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público.”

Tratados internacionales

Entre los tratados internacionales ratificados por el Estado venezolano se ubica la Declaración Universal de Derechos Humanos en el marco de las Naciones Unidas (1948) como marco principal de los derechos humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos, y de Derechos Económicos Sociales y Culturales (1966).  En los cuales se le dio más contenido a estos derechos y se indicaron los deberes y las responsabilidades de los Estados para verificar su cumplimiento.

Además se encuentran las conferencias celebradas en los años noventa en el marco de las Naciones Unidas, que aunque no vinculan a los Estados firmantes,  representan un compromiso político. Las conferencias que contribuyeron a darles contenido e impulso a los derechos sexuales y reproductivos son: la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en 1993 en el marco de la Organización de las Naciones Unidas en Viena, la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo de 1994 realizada en El Cairo y la Conferencia Mundial sobre la Mujer llevada a cabo en 1995 en Beijing.

Contexto Nacional

Al abordar la temática en torno a la salud sexual y reproductiva en Venezuela, es obligatorio revisar aspectos que tienen que ver con la actual situación que atraviesa el país, que cumple con los criterios de Organización Naciones Unidas para ser calificada como  emergencia humanitaria compleja. De acuerdo a la investigación realizada por Cepaz junto a otras organizaciones, en el informe de “Mujeres al límite: El peso de la emergencia humanitaria. Vulneración de derechos humanos de las mujeres en Venezuela”,  se señala que desde el año 2013, Venezuela registra una vulneración de los derechos sexuales y reproductivos ante la escasez y  el desabastecimiento de medicamentos, anticonceptivos e insumos médico-quirúrgicos, así como a métodos seguros, eficaces, asequibles y aceptables.

Para el año 2014 se registra una escasez progresiva y cada vez más aguda de métodos anticonceptivos que alcanza un 90%, originando que el 30% de la población femenina sean casos de embarazos en adolescentes entre 15 y 19 años.

Es necesario destacar que actualmente no existen informes ni cifras oficiales que permitan conocer la situación exacta en torno al acceso de las mujeres a métodos anticonceptivos y a un sistema de salud que garantice sus derechos sexuales y reproductivos, tras las últimas divulgaciones del último boletín epidemiológico del Ministerio del Poder Popular de la Salud de 2016.

El compromiso de la sociedad civil

Estas deficiencias se traducen en situaciones irregulares que violan los derechos humanos de las mujeres de manera sistemática.  En función de estudios realizados por la  Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Venezuela, el deterioro del sector salud del país ha originada uno de las tasas de mortalidad más altas de la región con un total de 65,8%, 756 casos de mortalidad materna.[8] Datos que revelan claramente las dificultades para el ejercicio pleno de los derechos sexuales y reproductivos.

Por esta razón, como miembro de la sociedad civil organizada, Cepaz en busca de impulsar el debate sobre los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres venezolanas, participó en la presentación de la “Guía para proteger los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres ante el sistema interamericano”.

Esta guía fue elaborada por Women’s Link Worldwide como una herramienta práctica para  proteger a mujeres y niñas sin acceso a estos derechos. Ofrece un análisis de los derechos que se han utilizado para fundamentar las resoluciones por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre casos de extrema gravedad y urgencia en vulneración a los derechos sexuales y reproductivos.

El análisis de los datos pone de relieve que el Estado no ha emprendido las acciones suficientes y necesarias para abordar la magnitud de la problemática y detener de manera significativa el avance la situación. Las políticas implementadas por el Estado como el Plan para la Igualdad y Equidad de Género “Mamá Rosa” y el Plan de Parto Humanizado, han resultado ineficientes e insuficientes, al dejar de lado consideraciones relacionadas con las carencias estructurales que el sistema de salud exhibe y que representan un riesgo para las mujeres.

De allí, Cepaz plantea la propuesta y urgencia de elaborar y aprobar una Ley de Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos, que además de abordar los avances en la materia también incluya las brechas a superar. Asimismo el desconocimiento, la desinformación y la gran fragmentación de los programas deben formar parte de la agenda nacional ya que son obstáculos que deben ser superados a fin de lograr avances sobre los derechos sexuales y reproductivos.

Fuente: Cepaz