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Anamar Córdova

El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) publicó su más reciente informe sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela durante el quincuagésimo sexto 56° período de sesiones, documento que deja en evidencia las constantes vulneraciones a los derechos de las mujeres y las personas LGBTIQ+.

El estudio, que se centra en los últimos acontecimientos relacionados a los derechos económicos y sociales registrados entre el 1 de mayo de 2023 y el 30 de abril de 2024, da seguimiento de las recomendaciones formuladas en informes anteriores. En Acción Solidaria realizamos un resumen con  los aspectos más resaltantes del informe en cuanto a mujeres y personas LGBTIQ+: 

Inicialmente, los expertos presentan un panorama general con respecto al contexto actual del país que sientan las bases de las observaciones. Por un lado señalan que, a pesar del crecimiento del PIB, los desafíos económicos continúan restringiendo el poder adquisitivo afectando de manera desproporcionada a las mujeres en situación de pobreza urbana y a las que viven en zonas rurales. Así mismo, en el apartado referente al derecho a la salud se reportaron limitaciones en la distribución y suministros de medicamentos. Problemas diferenciados fueron señalados para las mujeres y niñas indígenas, incluyendo la violencia obstétrica. 

A la par, resulta pertinente resaltar la subvención VIH-Tuberculosis (2024-2026) del Fondo Mundial que resultó de esfuerzos conjuntos entre diversas autoridades, organismos de las Naciones Unidas y la sociedad civil. Gracias a esto, se busca responder a las necesidades de medicamentos antirretrovirales de al menos 70.000 personas, incluyendo mujeres, niñas y niños en todo el país. Sin embargo, las mujeres con VIH aún enfrentan la escasez de artículos necesarios no solamente para el diagnóstico y control de la infección, sino también para fórmulas infatiles para madres con VIH que tratan de evitar la transmisión del virus a sus hijos al dar lactancia materna. 

En el mismo orden de ideas, preocupa la falta de información actualizada sobre salud sexual y reproductiva. El ACNUDH ha recibido información sobre la deficiencia en la prestación de servicios en esta materia, incluso en la prevención del cáncer de mama y de útero. Además, la alta tasa de embarazo adolescente es un claro ejemplo de la limitada política de prevención y enseñanza sobre sexualidad. 

Del mismo modo, se hace referencia a la regulación restrictiva sobre el aborto, el cual se mantiene penalizado en caso de violación, incesto o malformación fetal grave. Se invita, entonces, a tomar medidas para prevenir abortos inseguros y así reducir la morbilidad y motalidad materna y a que se despenalice, en concordancia con las recomendaciones de los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas. 

Con el tema de mujeres como grupos en situación de vulnerabilidad, el Alto Comisionado hace mención al proyecto de Ley Orgánica para la Igualdad de la Mujer, ya que, a pesar de tener importantes consideraciones como la creación del Observatorio Nacional para la Igualdad de Género, preocupa la falta de transparencia en el proceso de consulta así como la ausencia de definiciones jurídicas. Según nuestra investigación, esta propuesta fue aprobada en primera discusión y por unanimidad por la Asamblea Nacional el 7 de marzo de 2024 y su objetivo es asegurar el disfrute y  ejercicio pleno de los derechos, garantías y deberes de las venezolanas sin discriminación y en condiciones de igualdad y, a su vez, pretende sustituir la vigente Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer que data de 1999. 

Así mismo, el proyecto de ley contendría 55 artículos y conceptualizaría los derechos de las mujeres en materia civil, de salud, educación, empleo, vivienda, recreación y cultura. En el mismo orden de ideas, el ACNUDH reitera su recomendación de implementar políticas e iniciativas ya existentes como por ejemplo, la Ley Orgánica para el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cuyo funcionamiento práctico ha dejado mucho que desear. 

En ese sentido, el informe insiste en fortalecer la prevención y respuesta a la violencia basada en género. De hecho, señala la denuncia de 186 casos de feminicidio registrados en 2023. De igual forma, hace un llamado para el establecimiento de un sistema de recopilación de datos desagregados sobre todas las formas de violencia basada en género. 

En este punto se considera relevante destacar el caso de Naibelys Noel, del cual el ACNUDH presenta su preocupación por ser considerado como un caso arropado por los estereotipos de género en la aplicación de la justicia. Noel es una mujer venezolana condenada a 30 años de prisión por la muerte de su hijo de 18 meses a manos de su ex pareja. Según Amnistía Internacional, este caso es un ejemplo de violencia basada en género en donde la pareja íntima desarrolla una relación de poder desigual, particularmente, cuando una persona ejerce violencia sobre otra para causar daño o sufrimiento a un tercero. En esta clasificación, los hijos “son instrumentalizados como objeto para maltratar y ocasionar dolor emocional o psicológico a sus madres, con el objetivo de controlar, dominar o castigarlas y evitar que tome acciones para liberarse de la relación abusiva”. 

Bajo este contexto, Naybelis habría denunciado en reiteradas ocasiones al agresor sin respuesta por parte de las autoridades y aún así, tras el infanticidio, fue acusada por comisión por omisión en la ejecución del delito de homicidio doloso, sin evidencias que la incriminaran.

Diversas organizaciones respaldan a Naybelis como víctima de violencia doméstica, la cual ha sido revictimizada por el Estado, acusada y encarcelada sin pruebas. Del mismo modo, ante este escenario vemos cómo está presente la ausencia del deber de prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres por parte de las autoridades competentes, más bien, Noel ha recibido comentarios basados en prejuicios por ser mujer y por ser madre, como por ejemplo, “Ella actuó por amor a su pareja», «Le pasó por estar enamorada», y «Le faltó el instinto materno», evidencia de la falta de sensibilización de los funcionarios públicos quienes se encargan de impartir justicia en Venezuela.

Tan importante ha sido el caso de Naybelis que el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) y ahora el ACNUDH ha recibido la denuncia como organismos internacionales de protección en materia de derechos humanos por el desamparo y estigmatización con la que el Estado ha manejado el caso. 

Por otra parte, en cuanto a la comunidad LGBTIQ+, el ACNUDH hace un llamado a las autoridades para prevenir, investigar y sancionar los delitos motivados por la orientación sexual y la identidad de género, recomendando el establecimiento de protocolos de investigación específica para estos casos, que deriven en el fortalecimiento de la capacidad de los funcionarios y agentes de orden para promover el respeto a la diversidad sexual, toda vez que se continúan recibiendo denuncias por detenciones arbitrarias bajo este concepto, potenciando la discriminación y estigmatización para las personas sexodiversas. El informe registró casos como detenciones arbitrarias (4 casos) y discursos de funcionarios públicos con lenguajes despectivos (65 casos).

Así pues, dentro de las recomendaciones finales, el Alto Comisionado propone el fortalecimiento de políticas públicas y regulaciones para asegurar la igualdad de género y proteger los derechos de las mujeres y la publicación de información actualizada relativa a la salud sexual y reproductiva, así como asegurar que las medidas de protección estén disponibles para las víctimas de violencia basada en género, incluyendo la implementación y funcionamiento de refugios de atención y asistencia para garantizar el acceso a la justicia de manera libre de discriminación y prejuicios. 

Por otra parte, se recomienda investigar con celeridad todos los casos de violencia y discriminación hacia las personas LGBTIQ+ y adoptar un protocolo de investigación específico para delitos motivados por la orientación sexual o identidad de género de la víctima así como garantías para el pleno reconocimiento de sus derechos incluyendo el reconocimiento legal para las personas trans a la identidad de género de su elección y el matrimonio igualitario.